domingo, noviembre 24, 2024

Aprueban en lo general Ley de Amnistía en el Senado

Con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, fue aprobada este lunes en lo general la Ley de Amnistía, importante avance en materia de justicia permitirá garantizar el derecho a la salud de las personas que se encuentran recluidas por delitos menores.

La Ley, impulsada por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), busca despresurizar los centros penitenciarios del país “como un acto humanitario” para evitar contagios masivos de Covid-19 al interior de los reclusorios.

El Senador de la República Salomón Jara Cruz, enfatizó que este es un gran paso humanitario que evitará contagios de Covid-19 en reclusorios, protegiendo a las familias y a quienes laboran al interior.

Los senadores de Morena y del PT precisaron que la Ley de Amnistía, en caso de aprobarse, beneficiará exclusivamente a personas que hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden federal.

Resaltó que aquellas que no sean reincidentes respecto del delito que están sentenciados, y que hayan cometido delitos antes de la fecha de entrada en vigor de esta ley también estarán contempladas.

Los supuestos en los que aplicará la amnistía son por el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades, delitos contra la salud que hayan sido cometidos por personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad por tener una discapacidad permanente.
También serán considerados aquellas personas cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada.

Aplicará asimismo para aquellas personas que hayan cometido robo simple y sin violencia, pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

El proyecto de decreto contempla liberar a los procesados o sentenciados por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas, con el propósito de alterar la vida institucional.

La amnistía, para este grupo aplicará siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego.

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